POR: ALEJANDRO PACHECO
77 votos a favor, nueve en contra y ninguna abstención, el Senado de la República aprobó este día diversas modificaciones a la Ley de Víctimas, mismas que serán enviadas a la Cámara de Diputados para su posterior análisis.
El documento, podría no satisfacer las necesidades de las víctimas, pues les pide presentar en un plazo de 30 días, comprobantes de gastos, para obtener un reintegro, si realizaron algún desembolso para cubrir necesidades inmediatas, tras un hecho victimizante.
En distintos momentos, durante su gestión, Jaime Rochín, anterior presidente de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) reconoció que presentar estos documentos dificultaba la entrega de este beneficio.
El dictamen contempla además que las Comisiones de Víctimas tienen la obligación de atender, asistir y, reparar a las víctimas de delitos del fuero común o de violaciones a derechos humanos cometidos por servidores públicos del orden estatal o municipal.
Además añade que las víctimas podrán acudir directamente a la Comisión Ejecutiva la cual podrá otorgar medidas de atención inmediata cuando no hubieren recibido respuesta dentro de los siguientes treinta días naturales o de lo contrario se hubiere prestado de forma deficiente o se hubiere negado.
Asimismo garantiza brindar atención gratuita médica y psicológica permanente de calidad en cualquiera de los hospitales públicos federales de las entidades federativas y municipales, tras un hecho victimizante.
Agrega que que el objeto de Ley es reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito, desplazados internos forzados y de violaciones a derechos humanos.
Del mismo modo será útil para garantizar la protección y la asistencia a los desplazados internos forzados en cuanto a su integridad física, a sus necesidades básicas, a sus propiedades y a sus derechos cívicos y políticos.